° El Instituto de Crédito Territorial traspasará a la mencionada Fundación, a título gratuito, los terrenos y edificaciones que posee en la Urbanización "Aguablanca", de la ciudad de Cali y los cedritos a su favor provenientes de adjudicaciones hechas en la misma Urbanización.
La cesión anterior constituye un aporte de la Nación a la "Fundación Ciudad de Cali", quien se hará cargo de pagar los auxilios de que trata el artículo 2° del Decreto-ley número 1934 de 1956.