Cuando no se trate de casos de urgencia, el médico podrá excusarse de asistir a un enfermo o interrumpir la prestación de sus servicios, en razón de los siguientes motivos:
a)
Que el caso no corresponda a su especialidad;
b)
Que el paciente reciba la atención de otro profesional que excluya la suya;
c)
Que el enfermo rehúse cumplir las indicaciones prescritas.