° Los empleados accidentales creados por el presente Decreto cuando sean movilizados en cumplimiento de sus funciones, disfrutarán de viáticos durante los días de viaje, a razón de dos pesos ($ 2) diarios, y a los gastos de transporte dentro de las prescripciones establecidas en el Decreto número 1152 de 1939. Comuníquese y publíquese.
Article 4
Los Empleados Accidentales Creados Por El Presente Decreto Cuando Sean Movilizados En Cumplimiento De Sus Funciones, Disfrutarán De Viáticos Durante Los Días De Viaje, A Razón De Dos Pesos ($ 2) Diarios, Y A Los Gastos De Transporte Dentro De Las Prescripciones Establecidas En El Decreto Número 1152 De 1939
Decreto 461 de 1945 · Por el cual se crean unos empleados accidentales para reemplazar titulares en uso de vacaciones, en el Ministerio de Correos y Telégrafos
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