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Article 2

Durante Los Días 8 Y 9 De Diciembre Las Estaciones De Radiodifusión Sonora Y Los Canales De Televisión No Podrán Trasmitir Programas, Declaraciones, Discursos, Proclamas O Entrevistas Con Candidatos Inscritos, Ni Cualquier Tipo De Mensajes Que Puedan Producir Alteraciones En El Orden Público, Inciten Al Desacato De La Ley, Perturben El Desarrollo De Las Votaciones O Dificulten La Acción De Las Autoridades Electorales

Decreto 2814 de 1990 · por el cual se dictan normas y se adoptan medidas para la conservación del orden público durante el período de elecciones de la Asamblea Constitucional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Durante los días 8 y 9 de diciembre las estaciones de radiodifusión sonora y los canales de televisión no podrán trasmitir programas, declaraciones, discursos, proclamas o entrevistas con candidatos inscritos, ni cualquier tipo de mensajes que puedan producir alteraciones en el orden público, inciten al desacato de la ley, perturben el desarrollo de las votaciones o dificulten la acción de las autoridades electorales. No obstante, las estaciones de radiodifusión sonora podrán trasmitir publicidad política electoral que sólo contenga invitaciones a sufragar por determinados partidos, movimientos o candidatos, excepto el día de elecciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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