El Intendente hará que el día 15 de cada mes consigne el Cajero el promedio de la renta en el mes anterior en la oficina que designe el Ministerio de Hacienda, y el recibo que por dicha oficina se le expida será el comprobante de la primera partida de la cuenta de Caja en el mes siguiente. Los pagos que ocasione el servicio lo hará el funcionario que designe el expresado Ministerio.
Article 64
El Intendente Hará Que El Día 15 De Cada Mes Consigne El Cajero El Promedio De La Renta En El Mes Anterior En La Oficina Que Designe El Ministerio De Hacienda, Y El Recibo Que Por Dicha Oficina Se Le Expida Será El Comprobante De La Primera Partida De La Cuenta De Caja En El Mes Siguiente
Decreto 899 de 1907 · Por el cual se reglamenta la inspección de las empresas de navegación fluvial y se establece la matrícula de las embarcaciones que naveguen en los ríos de la Nación
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