° Modificar los artículos 1°y 2° del Decreto 3291 de 1983 en el sentido de no hacer efectivo el cobro de las sumas allí fijadas, a partir de la cuota número cinco (5) inclusive, con excepción de las correspondientes a las empresas: Aerolíneas Territoriales de Colombia Ltda. AEROTAL. Helicópteros Agrícolas Ltda. HELIAGRO, y Helicópteros Transcontinentales de Colombia Ltda. HELITEC.
Article 3
Modificar Los Artículos 1°y 2° Del Decreto 3291 De 1983 En El Sentido De No Hacer Efectivo El Cobro De Las Sumas Allí Fijadas, A Partir De La Cuota Número Cinco (5) Inclusive, Con Excepción De Las Correspondientes A Las Empresas: Aerolíneas Territoriales De Colombia Ltda
Decreto 724 de 1984 · Por el cual se fija la cuantía y forma de pago del déficit actuarial a cargos de las empresas de servicios aéreos comerciales y a favor de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, CAXDAC, y se modifica el Decreto 3291 de 1983
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