º La ordenación del gasto prevista en el presente Decreto deberá sujetarse a las disposiciones consagradas en la Ley Normativa del Presupuesto General de la Nación y las demás normas reglamentarias en cuanto al régimen de apropiaciones, acuerdo de gastos, sujeción al programa de caja, constitución y pago de reservas. En consecuencia los ordenadores y los pagadores de la Rama Jurisdiccional, además de la sanción penal a que haya lugar, responderán por las contravenciones en materia fiscal, contractual y presupuestal, y serán responsables personal y pecuniariamente de los perjuicios que causen al Tesoro Público.
Article 6
º La Ordenación Del Gasto Prevista En El Presente Decreto Deberá Sujetarse A Las Disposiciones Consagradas En La Ley Normativa Del Presupuesto General De La Nación Y Las Demás Normas Reglamentarias En Cuanto Al Régimen De Apropiaciones, Acuerdo De Gastos, Sujeción Al Programa De Caja, Constitución Y Pago De Reservas
Decreto 2405 de 1989 · Por el cual se reglamenta la Ordenación del Gasto n la Rama jurisdiccional y se dictan otras disposiciones
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