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Article 16

Decreto 1482 de 2001 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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01

Text of the article

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A partir del 1º de enero de 2001, la asignación básica mensual para los empleos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, cuya denominación del cargo no esté señalada en los artículos anteriores, se regirá por la siguiente escala: Grado Asignación mensual Grado Asignación mensual 01 316.966 14 1.393.175 02 370.348 15 1.421.175 03 441.135 16 1.585.035 04 521.906 17 1.854.671 05 574.656 18 2.094.959 06 670.248 19 2.327.732 07 751.978 20 2.58 3.782 08 843.085 21 2.803.711 09 913.805 22 3.115.233 10 1.018.386 23 3.518.099 11 1.086.288 24 3.988.875 12 1.198.217 25 4.579.962 13 1.309.086

Parágrafo

Los funcionarios y empleados del Ministerio Público que no optaron por el régimen establecido en los Decretos 54 de 1993 y 107 de 1994, tendrán derecho a partir del 1º de enero de 2001, a un incremento de la remuneración que venían percibiendo a 31 de diciembre de 2000, de acuerdo con los siguientes límites y porcentajes: Remuneración mensual Porcentaje de incremento Hasta 260.100 El 9.9% Desde 260.101 hasta 520.200 El 9% Desde 520.201 en adelante El 2.5%

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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