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Article 1

Destínanse Para La Base Militar Y Aérea De Tres Esquinas, Sobre Los Ríos Orteguaza Y Caquetá, En La Comisaría Especial Del Caquetá, Los Terrenos Baldíos Que Haya En Una Zona De Mil Doscientos Treinta Y Cuatro (1,234) Hectáreas De Extensión, Que Según El Plano Que Obra En El Expediente Levantado Al Efecto, Está Comprendida Dentro De Los Siguientes Linderos: "partiendo Del Mojón 0, Construido En Concreto En Un Punto Situado A Treinta Y Cuatro (34) Metros, Diez (10) Centímetros Sobre La Perpendicular Levantada A La Línea Del Paramento Del Corredor De La Casa De Oficiales, A Una Distancia De Trece Metros Noventa Y Seis Centímetros (13,96) De La Esquina Nordeste De Dicha Casa, Se Obtendrá El Mojón 1 A Una Distancia De Mil Novécientos Ochenta Y Cinco (1,985) Metros En La Línea Cuyo Azimut- Verdadero Sea 133° 13' De Este Punto, Y Con Azimut Verdadero De 3° 42', El Mojón 2 Se Situará A Una Distancia De Dos Mil

Decreto 736 de 1938 · por el cual se destinan unos terrenos para un servicio público.

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° Destínanse para la Base Militar y Aérea de Tres Esquinas, sobre los ríos Orteguaza y Caquetá, en la Comisaría Especial del Caquetá, los terrenos baldíos que haya en una zona de mil doscientos treinta y cuatro (1,234) hectáreas de extensión, que según el plano que obra en el expediente levantado al efecto, está comprendida dentro de los siguientes linderos: "Partiendo del mojón 0, construido en concreto en un punto situado a treinta y cuatro (34) metros, diez (10) centímetros sobre la perpendicular levantada a la línea del paramento del corredor de la casa de Oficiales, a una distancia de trece metros noventa y seis centímetros (13,96) de la esquina nordeste de dicha casa, se obtendrá el mojón 1 a una distancia de mil novécientos ochenta y cinco (1,985) metros en la línea cuyo azimut- verdadero sea 133° 13' de este punto, y con azimut verdadero de 3° 42', el mojón 2 se situará a una distancia de dos mil. doscientos (2,200) metros; de este punto y con azimut verdadero de 322° 43, el mojón 3 se fijará a una distancia de ochocientos cincuenta y dos (852) metros; de este punto y con azimut verdadero de 232° 42', el mojón 4 se fijará a una distancia de cuatro mil ochocientos (4,800) metros; de este punto y con azimut verdadero de 142° 43', se fijará el mojón 5 a una distancia de mil ciento (1,100) metros; de este punto y con azimut verdadero de 52° 43', el mojón 6 se fijará a mil ,ocho.eientos cincuenta (1,850) metros de distancia, y de este punto, con azimut de 93° 42', se volverá al mojón 1, por una distancia de dos mil cincuenta (2,050) metros."

02

Constitutional history

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