JurídicoESEN

Article 1

Decreto 858 de 1966 · Por el cual se modifica el Decreto extraordinario 2906 de 1965

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

A rtículo primero. Para los efectos del Decreto 2906 de 5 de noviembre de 1965, y demás estatutos relacionados, los institutos públicos descentralizados se clasifican así

a)

Establecimientos con fines exclusivos de servicio;

b)

Establecimientos con fines principales de servicio y fines accesorios de rendimiento fiscal, cuyas actividades se encuentran monopolizadas por el Estado;

c)

Empresas comerciales o industriales con fines de servicio y rendimiento fiscal, sometidas al régimen de la libre competencia en los mercados nacionales o internacionales, y sujetas a los procedimientos que utilizan los particulares en la gestión de sus negocios privados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 858 de 1966