Traslado de la reserva a la Nación. En los contratos a que se refiere el artículo anterior se pactará que cuando por cualquier causa se produzca la liquidación de que amparen riesgos políticos y extraordinarios garantizados por la Nación o cuando éstas no continúen prestando los servicios en las condiciones establecidas en este Decreto, se trasladarán las reservas técnicas constituidas por este concepto a entidades aseguradoras que continúen explotando el ramo en las condiciones previstas en este Decreto, previa transferencia de los respectivos contratos de seguros y según se acuerde entre la Nación y las entidades aseguradoras involucradas. Si no fuere posible esta transferencia las reservas técnicas constituidas por este concepto pasarán a la Nación como compensación por la garantía otorgada por ésta de acuerdo con lo previsto en este Decreto.
Decreto 2569 de 1993 →In force
Article 14
Traslado De La Reserva A La Nación
Decreto 2569 de 1993 · por el cual se reglamenta el sistema de seguro de crédito a la exportación.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
amended (verif_articulado: el artículo 14 del decreto 2569 de 1993 quedará así) by decreto 1649/94 amended (inciso 2) by decreto 1649/94
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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