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Article 3

Ley 81 de 1923 · Por la cual se señala nueva fecha para la vigencia de la Ley 109 de 1922 y se crea una Comisión

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01

Text of the article

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Los miembros de dicha Comisión serán nombrados así: uno por el Senado, uno por la Cámara de Representantes y otro por el Poder Ejecutivo, escogido este ultimo de la terna que presente la Sociedad de Derecho Penal de Bogotá; duraran en sus funciones por espacio de seis meses, contados desde el día en que se instale la comisión; gozaran de una asignación mensual de $300 cada uno y tendrán voz en las deliberaciones de las Cámaras sobre el asunto materia de su estudio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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