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Article 28

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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ARTICULO 28 . Son funciones de la Oficina Escuela Nacional de Aduanas

a)

Elaborar el plan de capacitación de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, de acuerdo con las necesidades y políticas aprobadas por el Director General de Aduanas;

b)

Desarrollar y coordinar los programas y cursos de capacitación que deban efectuarse, en especial los relacionados con clasificación arancelaria valoración y legislación aduanera;

c)

Presentar oportunamente la información de capacitación requerida para las propuestas de aplicación de los beneficios otorgados por el Comité Fondo de Gestión;

d)

Coordinar con las universidades y entidades nacionales e internacionales la realización de cursos de capacitación para funcionarios, intermediarios y usuarios del servicio aduanero y efectuar los trámites correspondientes;

e)

Propender por el adecuado nivel de formación académica de los funcionarios y su permanente actualización en materia aduanera mediante el estudio, análisis y discusión de temas de especial interés;

f)

Desarrollar mecanismos de intercambio de experiencias y conocimientos en materia aduanera con otros países y organismos internacionales;

g)

Coordinar interna y externamente programas especiales de actualización;

h)

Expedir los certificados de capacitación respectivos, e

i)

Elaborar el Plan de Actividades de la Oficina de la Escuela Nacional de Aduanas para aprobación del Subdirector General de Aduanas.

02

Constitutional history

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