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Article 3

Ley 80 de 1925 · Sobre educación física, plazas de deportes y precio de becas nacionales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Comisión Nacional de Educación Física se consagrará de preferencia a los siguientes fines:

a)

Organizar todo lo referente a los concursos anuales de atletismo en la República, a los que son llamados todos los habitantes del país no profesionales en el ramo;

b)

Crear y fomentar la fundación de plazas de deportes, proporcionar los planos para su construcción y el reglamento que en ellas deba cumplirse;

c)

Crear y fomentar asociaciones de cultura física;

d)

Relacionar las asociaciones nacionales entre sí y con las extranjeras, y procurar en cuanto fuere posible la uniformidad de su acción y de sus métodos;

e)

Publicar revistas y libros de propaganda;

f)

Recabar de las autoridades, de las corporaciones y de los particulares donativos para impulsar la cultura física en el país;

g)

Organizar conferencias públicas para demostrar la importancia que tienen los deportes en la salud, en la inteligencia y en la moral de los individuos;

h)

Proyectar y poner en práctica un plan racional de educación física obligatoria en las escuelas de instrucción primaria, y en los establecimientos de educación secundaria y universitaria;

i)

Combatir las causas de deterioro físico en la infancia y en la juventud de todas las clases sociales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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