Autorícese a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario para crear y definir los requisitos de una línea de crédito para financiar el pago de pasivos no financieros a cargo de los productores agropecuarios, con terceros, destinados a financiamiento de la actividad agropecuaria, vencidos al 31 de diciembre de 2013.
Los productores a que se refiere el presente artículo corresponden a los definidos en el artículo 11 de la presente ley.