ARTICULO 73 . PROGRAMAS. La formulación de programas con el fin de ampliar los conocimientos, desarrollar las habilidades y aptitudes del personal en servicio y obtener un mayor rendimiento del empleado en el desempeño de sus funciones, estará a cargo de la Escuela Penitenciaria Nacional, con asesoría del Departamento Administrativo de la Función Pública, de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP y del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes. Además, la Subdirección Escuela Penitenciaria deberá organizar los cursos de capacitación para los funcionarios recién incorporados al Instituto de acuerdo con lo estipulado en la Ley 65 de 1993.
Decreto 407 de 1994 →In force
Article 73
Decreto 407 de 1994 · por el cual se establece el Régimen de Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.