º. Cuando las mercancías aprehendidas, decomisadas o con término de abandono sean objeto de legalización, los bodegajes correrán por cuenta del importador desde la fecha de ingreso de las mercancías al depósito hasta su retiro definitivo. Cuando se trate de mercancías con resolución de abandono o de decomiso en firme, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales asumirá únicamente los gastos causados por concepto de Bodegajes desde la fecha en que se configuró el abandono o se efectuó la aprehensión de la mercancía, hasta su retiro definitivo.
Decreto 1903 de 1994 →In force
Article 1
º
Decreto 1903 de 1994 · Por el cual se regula el pago de bodegajes causado por el depósito de mercancías en proceso de importación, aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la nación y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.