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Article 35

Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Articulo 35 . Para ser miembro de la Junta de Propietarios se requiere tener propiedad inmueble o ser representante legal de persona jurídica propietaria de inmueble en la zona de influencia de la obra. Los votos por personas extrañas no tendrán validez. Los propietarios podrán votar por sus propios nombres. Quien dejare de ser propietario en la zona de influencia perderá su condición de miembro de la Junta.

Parágrafo

Los representantes de los propietarios deberán ser

a)

Mayores de edad;

b)

Ciudadanos en ejercicio;

c)

Propietarios dentro de la zona de citación. Según el tipo de obra de que se trate, el Consejo de la Corporación establecerá calidades adicionales para ser elegible representante de los propietarios.

02

Constitutional history

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