°. A partir del 1° de enero del año 2010 se deberán utilizar en el país mezclas de diésel de origen fósil con biocombustibles para uso en motores diésel en proporción 90 - 10, es decir 90% de ACPM y 10% de biocombustible (B10).
Article 2
A Partir Del 1° De Enero Del Año 2010 Se Deberán Utilizar En El País Mezclas De Diésel De Origen Fósil Con Biocombustibles Para Uso En Motores Diésel En Proporción 90 - 10, Es Decir 90% De Acpm Y 10% De Biocombustible (B10)
Decreto 2629 de 2007 · por medio del cual se dictan disposiciones para promover el uso de biocombustibles en el país, así como medidas aplicables a los vehículos y demás artefactos a motor que utilicen combustibles para su funcionamiento.
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