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Article 3

Para Atender A Los Servicios De Que Se Trata, Los Contadores Girarán Dos Libranzas En El Mes, Así; Una En La Primera Semana, En La Cual Retirarán Del Tesoro Nacional La Suma De Cinco Pesos ($ 5) Para Cada Uno De Los Individuos De Tropa; Y La Otra El Día Último Del Mes, Por El Completo Valor De Los Gastos Hechos, Y Sin Excederse, En Ningún Caso, De La Partida De Siete Pesos ($ 7) Que Fija La Ley Para Cada Individuo

Decreto 231 de 1917 · Por el cual se reglamentan provisionalmente los servicios de alimentación, lavado y peluquería del Ejército

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01

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°. Para atender a los servicios de que se trata, los Contadores girarán dos libranzas en el mes, así; una en la primera semana, en la cual retirarán del Tesoro Nacional la suma de cinco pesos ($ 5) para cada uno de los individuos de tropa; y la otra el día último del mes, por el completo valor de los gastos hechos, y sin excederse, en ningún caso, de la partida de siete pesos ($ 7) que fija la Ley para cada individuo. En el caso del

Parágrafo

del artículo 2° se girará una libranza adicional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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