º. Fusión. Decrétase la fusión del Banco del Estado S.A. y del Banco Uconal S.A. Esta última entidad se disolverá sin liquidarse a partir de la formalización de la fusión por absorción. El acuerdo de fusión será suscrito por los respectivos representantes legales, y para formalización no requerirá de ningún otro trámite distinto de la previa aprobación de sus juntas directivas. La formalización del acuerdo de fusión se realizará a más tardar el 31 de agosto de 1999, con los requisitos y efectos señalados en los numerales 2 a 7 del artículo 60 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Decreto 1167 de 1999 →Struck down
Article 1
º
Decreto 1167 de 1999 · por el cual se adoptan medidas en relación con las entidades financieras en las cuales existe participación de entidades públicas del orden nacional
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.