Las empresas de aspersión aérea están obligadas a pasar al Ministerio de Agricultura y al Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, una relación mensual de las aplicaciones, indicando lo siguiente
Nombre del aplicador empresa y operario;
Nombre del Cultivador;
Lugar de aplicación;
Superficie tratada;
Nombre y dosificación del producto; f) entidad aplicada (litros/hectáreas; kilogramo/hectárea); g) Fecha de aplicación; h) Cultivo tratado; i) Nombre del ingeniero agrónomo responsable de la prescripción. CAPITULO IV Empaques y Rotulados