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Article 17

Decreto 1538 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª , de 1991 en relacióncon el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las cajas de compensación familiar

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01

Text of the article

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Tiempo de ahorro en el período de transición. Quienes se inscriban en el Registro Unico de Postulantes, de acuerdo con las normas del Decreto 824 de 1999 durante el primer semestre calendario del año 2000 deberán acreditar, como mínimo, un período de ahorro de tres (3) meses. Quienes lo hagan para la primera postulación del segundo semestre calendario del año 2000 deberán acreditar, como mínimo, un período de ahorro de nueve (9) meses. El plazo mínimo de doce (12) meses regirá para las postulaciones que se realicen a partir del mes de octubre del año 2000. Lo aquí dispuesto se aplicará de igual forma para quienes no requieran certificar ahorro previo, de conformidad con el

Parágrafo

del artículo 35 del Decreto 824 de 1999.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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