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Article 20

Decreto 583 de 1989 · por el cual se establece el subsidio al servicio público de transporte urbano colectivo de pasajeros y se dispone la forma de administración, distribución, requisitos para el cobro, pago, término y vigencia de este subsidio.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

No habrá lugar al cobro del subsidio, sobre los vehículos a los cuales les fuere cancelada la matrícula o para los que sean retirados del servicio por orden de las autoridades competentes de tránsito y/o transporte, particularmente en razón de su deficiente funcionamiento mecánico o del deterioro de sus demás partes. Dichas autoridades están en la obligación de comunicar inmediatamente a la Corporación financiera del Transporte la cancelación de la matricula o el retiro que se produzca en cada caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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