La Misión para la Descentralización y las Finanzas de las Entidades Territoriales dispondrá de un plazo de nueve (9) meses, contados a partir de la iniciación de sus labores, a cuyo término deberá presentar al Presidente de la República la propuesta a que se refiere el artículo 5° de este Decreto. Sin embargo, no será necesario esperar la finalización de dicho término para hacer conocer del Gobierno, a medida que se vayan produciendo las propuestas que sean relevantes, con el propósito de incorporarlas al proceso de decisiones políticas.
Decreto 2496 de 1990 →In force
Article 12
La Misión Para La Descentralización Y Las Finanzas De Las Entidades Territoriales Dispondrá De Un Plazo De Nueve (9) Meses, Contados A Partir De La Iniciación De Sus Labores, A Cuyo Término Deberá Presentar Al Presidente De La República La Propuesta A Que Se Refiere El Artículo 5° De Este Decreto
Decreto 2496 de 1990 · por el cual se crea una Misión para la Descentralización y las Finanzas de las Entidades Territoriales.
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01
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02
Constitutional history
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