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Article 51

Quedan Exentos Del Pago Del Impuesto Consular: 1º

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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Quedan exentos del pago del impuesto consular: 1º. Las facturas de objetos pedidos directamente por cuenta del Gobierno Nacional o de los Departamentales; 2º. Los materiales, Máquinas e instrumentos pedidos directamente por los Municipios, destinados a obras públicas emprendidas por estas entidades: 3º. Los objetos destinados al uso y consumo personal de los Ministros Diplomáticos y Encargados de Negocios acreditados ante el Gobierno de Colombia, siempre que las naciones a quienes representen concedan igual favor a los Representantes de la República ante sus respectivos Gobiernos; 4º. Las importaciones de plata en barras u oro amonedado o en barras, de ley no interior a la de 0,900 o billetes de Estado o bancarios representativos de oro acuñado; y 5º. Las que sólo manifiesten plantas o animales vivos, semillas para la agricultura, sueros o vacunas medicinales (artículo 2º Ley 27 de 1917).

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Constitutional history

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