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Article 4

Ley 34 de 1928 · por la cual se decreta la adquisición de varios puentes y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Las restricciones de los Artículos 53 a 55 de la Ley 42 de 1923 no impiden la celebración de contratos que deban cumplirse en más de una vigencia fiscal.

En todo contrato que implique una erogación de mil pesos ($ 1.000) o más, se requiere el certificado del Contralor, el cual se reducirá a expresar la partida que hubiere disponible en la respectiva vigencia fiscal y se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la solicitud que el Gobierno haya hecho de él.

Parágrafo

En todo contrato se estipulara precisamente que la entrega de las sumas de dineros a que la Nación queda obligada se subordina a las apropiaciones que de tales sumas se hagan en los respectivos presupuestos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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