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Article 3

Sustitúyase El Artículo 2

Decreto 1829 de 2016 · por medio del cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 1 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Ã?nico Reglamentario del Sector Salud, en relación con la firmeza de los reconocimientos y giros de los recursos del aseguramiento en salud, el reintegro de recursos pagados por afiliación a prevención o cesión obligatoria, así como la corrección o ajuste a periodos compensados.

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01

Text of the article

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°. Sustitúyase el artículo 2.6.1.1.2.18 de la Sección 2 del Capítulo 1 del Título 1, de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, Decreto 780 de 2016, el cual quedará así: “ Artículo 2.6.1.1.2.18 . Registros compensados Decreto 2280 de 2004 . Por efecto de la firmeza establecida en el artículo 16 de la Ley 1797 de 2016, no habrá declaración de corrección a registros aprobados en virtud del Decreto 2280 de 2004. Los ajustes que efectúe el aportante a periodos en vigencia del Decreto 2280 de 2004 serán registrados por la EPS en su sistema de información y las cotizaciones recaudadas se girarán al Fosyga o la entidad que haga sus veces, en el marco del proceso de compensación de que trata la presente Sección”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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