División de Ingeniería Sanitaria. Tendrá un Jefe. Sus funciones serán: el control, planeamiento, construcción y funcionamiento de todas las obras sanitarias y de asistencia pública que se lleven a cabo en el país con fondos públicos o privados, tales como acueductos, alcantarillados, conversión de aguas negras, mataderos, plazas de mercado, hornos crematorios, hospitales, asilos, obras sanitarias de fomento municipal, saneamiento del suelo y del medio ambiente urbano y rural etc., etc. Sus funciones serán igualmente las señaladas en los Decretos números 2392 de 1938, 698 de 1939, 694 de 1940, 614 de 1941 y 2548 de 1944, a excepción de las labores de control y obras antímaláricas que funcionarán en la División respectiva.
Decreto 25 de 1947 →In force
Article 32
División De Ingeniería Sanitaria
Decreto 25 de 1947 · Por el cual se organiza el Ministerio de Higiene
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.