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Article 1

Para Los Efectos Previstos En El Presente Decreto Se Entiende Por Empresas O Sociedades De Vigilancia Privada, Las Personas Jurídicas Cuyo Único Objeto Social Sea La Prestación Remunerada De Servicios De Protección A Bienes Muebles E Inmuebles, Personas Naturales, Escolta Y Transporte De Valores Y Otras Actividades Afines

Decreto 195 de 1973 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Código Nacional de la Policía y del Estatuto Orgánico de la Policía Nacional sobre Vigilancia Privada

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01

Text of the article

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°. Para los efectos previstos en el presente Decreto se entiende por empresas o sociedades de vigilancia privada, las personas jurídicas cuyo único objeto social sea la prestación remunerada de servicios de protección a bienes muebles e inmuebles, personas naturales, escolta y transporte de valores y otras actividades afines.

Parágrafo

Estas entidades quedarán bajo el control directo de la Policía Nacional y para su funcionamiento deberán obtener la debida autorización del Ministerio de Defensa Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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