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Article 6

Instancias

Decreto 1030 de 2014 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo y la Integración Fronteriza, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Instancias . La Comisión Intersectorial creará las siguientes instancias

1.

Comité Técnico para el Desarrollo de las Fronteras.

2.

Comisiones Regionales para el Desarrollo de las Fronteras

Parágrafo

Las Comisiones Regionales para el Desarrollo de las Fronteras estarán integradas por funcionarios de las entidades del orden nacional que hacen parte de la Comisión Intersectorial, con el fin de coordinar las actividades dispuestas por la Comisión para los territorios respectivos. A dichas comisiones podrán ser invitados de forma permanente los gobernadores de departamentos de frontera y/o sus delegados, los alcaldes de los municipios fronterizos y/o sus delegados, los directores ejecutivos de las Comisiones Regionales de Competitividad y los representantes de las comunidades en las zonas fronterizas que se estimen necesarios. La Comisión Intersectorial en su reglamento interno establecerá los integrantes y las funciones del Comité Técnico para el Desarrollo de las Fronteras y las funciones de las Comisiones Regionales para el Desarrollo de las Fronteras, así como las funciones de la Secretaría Técnica y la manera de designar a los representantes de las comunidades de las zonas fronterizas que serán invitados a las Comisiones Regionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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