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Article 2

A Partir Del 1º De Septiembre Próximo, Los Equipos De Zapatería Y Almacenes De Calzado Escolar, Funcionarán Con El Siguiente Personal Y Asignación: $ Mensual Total

Decreto 1674 de 1943 · Por el cual se confiere una autorización y se modifica el Decreto 200 del presente año

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º A partir del 1º de septiembre próximo, los Equipos de Zapatería y Almacenes de Calzado Escolar, funcionarán con el siguiente personal y asignación: $ Mensual Total. 1 Contador Almacenista del Equipo $ 120.00 480.00 1 Inspector de Trabajos del Equipo. 70.00 280.00 1 Mecánico del Equipo 75.00 300.00 1 Oficial de Punteo del Equipo 75.00 300.00 2 Vendedores de los Almacenes de Calzado, a $ 80.00 cada uno 160.00 640.00 2 Ayudantes de los Almacenes de Calzado, a $ 60.00. cada uno 120.00 480.00 Para participación de la Penitenciaría Central, compra de material, reparación de máquinas, jornales y demás gastos del Equipo y Almacenes. 1.125.00 4.500.00 Totales $ 1.745.00 6.980.00

Parágrafo

El pago de los sueldos y servicios será atendido por el Contador Habilitado de Escuelas Vocacionales.

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Constitutional history

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