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Article 1

º Apruébase El Acuerdo Número 031 Del 17 De Septiembre De 1985 De La Junta Directiva De La Corporación Autónoma Regional De Risaralda, Carder, Cuyo Texto Es El Siguiente: Corporacion Autonoma Regional De Risaralda Acuerdo Numero 031 De 1985 (Septiembre 17) Por El Cual Se Hace Una Reforma A Los Estatutos De La Corporación Autónoma Regional De Risaralda - Carder -

Decreto 3067 de 1985 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 031 del 17 de septiembre de 1985, de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder.

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ARTICULO 1 º Apruébase el Acuerdo número 031 del 17 de septiembre de 1985 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder, cuyo texto es el siguiente: CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE RISARALDA ACUERDO NUMERO 031 DE 1985 (septiembre 17) por el cual se hace una reforma a los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda - Carder - . La Junta Directivade la Corporación Autónoma Regional de Risaralda - Carder - , en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Decreto 1050 de 1968 y la Ley 66 de 1981 y oído el concepto de la Secretaría de Administración de la Presidencia de la República, ACUERDA: Artículo

1.

El numeral 4 de las funciones Clase B del artículo 16 del Acuerdo número 013 de 1982, quedará así: "Emitir concepto sobre la adjudicación y celebración de los contratos que realice el Director Ejecutivo, cuando su cuantía sea superior a los dos millones de pesos ($ 2.000.000) moneda corriente". Artículo

2.

Modificar el numeral 5 del artículo 22 del Acuerdo 013 de 1982, de la siguiente forma: "Dictar los actos, adjudicar y suscribir los contratos y realizar las operaciones que requiera la entidad para su normal funcionamiento. Cuando la cuantía de los contratos sea superior a los dos millones de pesos ($ 2.000.000) moneda corriente, requiere para su adjudicación y celebración del concepto previo favorable de la Junta Directiva". Artículo

3.

Suprimir el numeral 20 del artículo 22 del Acuerdo 013 de 1982. Artículo

4.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Pereira, a 17 de septiembre de 1985. El Presidente de la Junta (Fdo.). La Secretaríade la Junta (Fdo.).

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