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Article 5

Los Cadetes Serán Efectivos Y Pensionados

Decreto 2464 de 1942 · por el cual se reglamentan la admisión de alumnos y los estudios en la Escuela Naval de Cadetes.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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º. Los cadetes serán efectivos y pensionados. en ambos casos el número de ellos se fijará por el Gobierno. Los Cadetes efectivos quedan obligados mediante póliza de fianza (Formularios número 2), a servir en las reparaciones de la Armada, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y con las que se dicten posteriormente. Los alumnos, tanto efectivos como pensionados, deberá consignar la suma de diez pesos ($10) de matrícula cuando sea ordinaria y de veinte pesos ($20) cuando sea extraordinaria. Las matriculas ordinarias se cierran el 20 de Febrero, las extraordinarias el último del mismo mes. La pensión anual de los cadetes pensionados, será de trescientos cincuenta pesos ($350) moneda legal, pagaderos en la forma siguiente. $150 a su ingreso a la Escuela $100 el 1º. Mayo y el resto el 1º. De agosto. El cadete que se retire o sea retirado de la Escuela, cualquiera que sea la causa o fundamento de la baja, no tendrá derecho a la devolución de la pensión que haya anticipado.

02

Constitutional history

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