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Article 2

Decreto 3218 de 1983 · Por el cual se dictan otras disposiciones reglamentarias de la industria de ensamble

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01

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Artículo segundo. El Ministerio de Desarrollo Económico, señalará, en cada caso, las condiciones básicas que deben cumplir las empresas de los sectores sometidos al régimen de ensamble para que se les reconozca eI carácter de tales. Para determinar las condiciones básicas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos

a)

Metas globales de producción;

b)

Porcentajes de integración de componentes nacionales a los que aspire a llegarse según los niveles de producción;

c)

Regímenes arancelarios para el material C.K.T. y para los productos terminados;

d)

Criterios para determinar el incremento o la disminución de ese número de empresas;

e)

Sistemas de compensación para la importación de material C.K.D. en condiciones arancelarias preferenciales;

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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