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Article 2.2.1.6.6.7

Cuidadores

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuidadores. El empleador y el trabajador remoto, de mutuo acuerdo, podrán acordar horarios compatibles en los eventos en que el trabajador acredite ser el cuidador único de menores de catorce (14) años, personas con discapacidad o adultos mayores, en primer grado de consanguinidad que convivan con el trabajador remoto, bajo las siguientes condiciones

1.

Que el empleador sea notificado previamente de la situación particular por parte del trabajador.

2.

Que el horario no afecte de manera sustancial el giro ordinario de los negocios del empleador.

3.

Que exista mutuo acuerdo entre las partes para proceder con la fijación de horarios compatibles.

Parágrafo

El establecimiento de horarios compatibles para cuidador único no configurará derecho a estabilidad laboral reforzada.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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