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Article 2

Decreto 1278 de 1996 · Por el cual se fija la estructura interna de la Dirección Nacional de Derecho de autor y se establecen sus funciones

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01

Text of the article

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º . Dirección General . Son funciones de la Dirección General

a)

Cumplir, hacer cumplir y ejecutar las normas legales sobre derecho de autor y derechos conexos;

b)

Establecer las pautas que propendan por un mejor desarrollo de las actividades propias de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, de conformidad con su organización y funciones;

c)

Coordinar y supervisar las actividades a cargo de las dependencias de la Dirección Nacional de Derecho de Autor;

d)

Dictar las providencias necesarias con el fin de obtener el cumplimiento de las normas que regulan el derecho de autor en Colombia: los convenios internacionales, el derecho comunitario y la legislación interna;

e)

Mantener relaciones con los organismos internacionales como la OEA, OMPI, Unesco, OIT, OMC (ADPIC) y demás entidades que desarrollen funciones inherentes a la materia del derecho de autor y los derechos conexos;

f)

Recomendar la adhesión y procurar la ratificación y aplicación de las convenciones internacionales suscritas por el Estado colombiano;

g)

Intervenir por vía de conciliación o arbitraje, en los conflictos que se presenten con motivo del goce o ejercicio del derecho de autor o de los derechos conexos y que sean sometidos a su consideración. Tal función podrá ser delegada en alguno de los j efes de las dependencias de la Dirección . El Director reglamentará el procedimiento respectivo;

h)

Emitir conceptos sobre las normas que regulan el derecho de autor y los derechos conexos;

i)

Aplicar, de oficio o a petición de parte, las sanciones contempladas en las normas que regulan el derecho de autor;

j)

Fijar las pautas para el funcionamiento de la Unidad de Información de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. así como crear y organizar comités;

k)

Reconocer personería jurídica y/o autorización de funcionamiento e imponer sanciones a las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos;

l)

Resolver conforme a la ley las impugnaciones contra las sociedades de gestión colectiva;

m)

Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la Entidad y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando;

n)

Recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la Entidad; ñ) Nombrar y remover los servidores que conforman la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor;

o)

Las demás que le sean asignadas por el Gobierno Nacional, de acuerdo a la naturaleza de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.

02

Constitutional history

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