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Article 27

Ley 70 de 1981 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los establecimientos públicos nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1982.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el pago de las obligaciones contraídas por las entidades hasta el 31 de diciembre de 1981, se constituirán en la contabilidad presupuestal y financiera de la entidad reservas de apropiación, por los siguientes conceptos:

a)

Para amparar compromisos contractuales debidamente perfeccionados que hubieren quedado pendientes de pago en 31 de diciembre de 1981;

b)

Para compromisos pagaderos con fondos provenientes de empréstitos, hasta la cuantía de los fondos disponibles o de los saldos no recaudados cuando esté garantizado el ingreso de dicho recurso;

c)

Para atender el pago de la deuda pública;

d)

Para atender: obligaciones que tengan apropiación presupuestal y que se originen en servicios personales, servicios públicos, de comunicaciones y de previsión social.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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