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Article 4

Ley 52 de 1917 · por la cual se faculta al Gobierno nacional para celebrar una transacción con el Departamento de Cundinamarca

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorizase al Gobierno Nacional, como representante de los derechos de la Nación en el Ferrocarril de la Sabana, para que promueva lo conveniente a fin de que esta Empresa inicie la prolongación de la vía al Bajo Magdalena.

En el desarrollo de la obra, la Empresa podrá invertir, bien sea para la construcción y prolongación de la vía, bien para la garantía de los empréstitos que aquella requiera, la parte de las utilidades que a la Nación corresponda en la Empresa del Ferrocarril de la Sabana, sin perjuicio de la subvención por kilómetro a que tiene derecho la Empresa de acuerdo con la ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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