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Article 38

Organismos Internacionales

Decreto 25 de 1947 · Por el cual se organiza el Ministerio de Higiene

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Text of the article

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Organismos internacionales. Se entiende por tales aquellos con los cuales el Gobierno de Colombia tiene en la actualidad convenios para la realización de obras sanitarias en el país y que se rigen por los Tratados y contratos vigentes. Son: a) Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, cuyas labores y funciones están especificadas en los contratas respectivos. Sus empleados, asignaciones y dependencias son los que están hoy en ejercicio.

Parágrafo

Se entiende que las resoluciones y actos del Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública quedan sometidos a la aprobación y fiscalización del Ministerio de Higiene, así como las labores que haya de desarrollar, las que serán previamente consultadas al Ministro del ramo. b) Instituto de Estudios Especiales "Carlos Finlay". Este Instituto, cuyas funciones están definidas en el contrato vigente, continuará ocupándose de la fabricación de la vacuna antimalárica y de estudios epidemiológicos de paludismo y otras enfermedades. capitulo iii Personal y asignaciones .

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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