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Article 4

Ley 34 de 1978 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los que se creen por asociación entre entidades de Derecho Público en los cuales participe la Nación y/o los Establecimientos Públicos Nacionales, de conformidad con los Decretos-Ley 3130 de 1968 y 130 de 1976 respectivamente, y que por su finalidad se clasifiquen como establecimientos Públicos Indirectos del Orden Nacional, se sujetarán en su programación, ejecución y control a lo establecido en el Decreto-Ley 294 de 1973 y a la presente Ley.

Los auditores Fiscales ante estas entidades velarán por el estricto cumplimiento de la presente disposición.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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