El Ministerio de Educación Nacional organizara, por medio de circulares, de la distribución de cuadros murales, de la difusión entre los maestros de escuela de opúsculos contra el alcoholismo, dela organización entre los alumnos de sociedades de temperancia, y por cuantos medios estime conducentes, una activa y perseverante campaña contra el uso de bebidas embriagantes, que es la lepra de las clases obreras, causa principal del aumento de la miseria y de la criminalidad. Redecorada a los institutores que es primordial deber de ellos enseñar a los niños lecciones especiales, por modelo de lecturas, de dictados, de problemas bien escogidos, los peligros físicos, morales y sociales del alcoholismo' que deben inspirara a sus discípulos el respeto de sí mismos, el horror a la embriaguez, y enseñarles hábitos de sobriedad, de orden y de economía, ayudándoles así a prepararse un porvenir dichoso.
Ley 86 de 1928 →In force
Article 23
Ley 86 de 1928 · Sobre Academias Nacionales, Sociedad Geográfica y otras disposiciones sobre instrucción pública
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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