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Article 19

Ley 39 de 1983 · sobre presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1984.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para abrir créditos adicionales y realizar traslados presupuestales deberá obtenerse el concepto previo y favorable de la Dirección General del Presupuesto y observarse lo establecido en las normas vigentes. Cuando los traslados afecten el presupuesto de inversión se debe obtener el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación. Si los traslados afectan partidas para los Territorios Nacionales, se requerirá del concepto previo y favorable del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.

Cuando se trate de traslados presupuestales y de la adición prevista en el numeral 3o del artículo 101 del Decreto extraordinario 294 de 1973, la resolución del Ministro o Jefe del Departamento Administrativo deberá limitarse a declarar que existe un saldo crédito, no afectado e innecesario que puede contracreditarse, sin que en ella se señale destinación exacta. La respectiva resolución deberá refrendarse con la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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