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Article 6

º El Cargo Por Consumo Se Determinará Teniendo En Cuenta Las Tarifas Definidas Para Los Siguientes Bloques: Primero: Consumo Básico

Decreto 394 de 1987 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 3069 de 1968 y 149 de 1976 y se establece una estructura nacional de tarifas para los servicios de acueducto y alcantarillado.

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01

Text of the article

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º El cargo por consumo se determinará teniendo en cuenta las tarifas definidas para los siguientes bloques: Primero: Consumo básico. Segundo: Consumo complementario. Tercero: Consumo suntuario. El consumo básico es el destinado a satisfacer las necesidades esenciales de las familias y su nivel se establecerá para cada localidad con base en parámetros tales como el tamaño de las familias, los hábitos de consumo y las condiciones climáticas. El consumo complementario es aquel consumo ubicado en la franja entre uno y dos veces el nivel de consumo básico. El consumo suntuario es aquel por encima de dos veces el nivel de consumo básico.

Parágrafo

Las tarifas para los bloques de consumo básico y complementario serán objeto de diferenciación por estratos socio-económicos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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