Procedimientos. El conocimiento de los asuntos o motivos de policía se efectuará a través de patrullajes apoyados permanentemente por los oficiales, suboficiales y agentes de la Policía Nacional, disponiendo de los siguientes medios de policía:
Órdenes.
Permisos.
Reglamentos.
Informes.
Notificaciones o citaciones.
Captura en caso de flagrancia.
(Decreto 2853 de 1991 artículo 19)