º Desde la expedición del presente Decreto de la Colonia Penal del Meta tendrá los siguientes empleados, quienes devengaran los sueldos mensuales que a continuación se expresan: Un Director, con $100 Un Secretario, con $60 Un Médico, con $100 Un Capellán, con $50 Un Habilitado con $70 Un Habilitado con $40 Un Almacenista, con $40 Un Almacenista, con $40 Un ayudante del Director con Un Vigilante para cada veinticinco presos ó fracción menor con $25
Article 1
Desde La Expedición Del Presente Decreto De La Colonia Penal Del Meta Tendrá Los Siguientes Empleados, Quienes Devengaran Los Sueldos Mensuales Que A Continuación Se Expresan: Un Director, Con $100 Un Secretario, Con $60 Un Médico, Con $100 Un Capellán, Con $50 Un Habilitado Con $70 Un Habilitado Con $40 Un Almacenista, Con $40 Un Almacenista, Con $40 Un Ayudante Del Director Con Un Vigilante Para Cada Veinticinco Presos Ó Fracción Menor Con $25
Decreto 218 de 1909 · Por el cual se fijan el personal de empleados de la Colonia Penal del meta y las asignaciones mensuales de éstos
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