Vencido el término de traslado del expediente al fiscal, el juez da traslado de él al defensor o defensores de los sindicados, por el término de veinticuatro horas comunes a todos los defensores de cada uno de los sindicados. Los defensores pueden alegar durante este término, si lo desean. El alegato de los defensores, en el caso de varios sindicados, puede ser uno solo firmado por todos ellos.
Decreto 1125 de 1950 →In force
Article 360
Vencido El Término De Traslado Del Expediente Al Fiscal, El Juez Da Traslado De Él Al Defensor O Defensores De Los Sindicados, Por El Término De Veinticuatro Horas Comunes A Todos Los Defensores De Cada Uno De Los Sindicados
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.