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Article 41

Funciones De La Subdirección De Derechos Humanos Y Paz

Decreto 1893 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

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01

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Funciones de la Subdirección de Derechos Humanos y Paz. Son funciones de la Subdirección de Derechos Humanos y Paz, las siguientes

1.

Consolidar la prospectiva sectorial de mediano y largo plazo, y brindar el apoyo técnico a las entidades cabeza de sector, para la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y demás instrumentos de planeación en el ámbito Derechos Humanos y Paz.

2.

Coordinar con las Direcciones Técnicas del' Departamento Nacional de Planeación, en el marco de sus funciones y competencias, la articulación de las políticas de construcción de paz, derechos humanos, asistencia, y atención y reparación a las víctimas del conflicto armado, en las acciones que estas adelantan.

3.

Acompañar y apoyar técnicamente a las entidades del orden nacional y territorial responsables del diseño y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con los asuntos propios de la Subdirección y en el marco de las competencias del Departamento Nacional de Planeación, en la articulación de las políticas de construcción de paz, derechos humanos, y asistencia, atención y reparación a las víctimas del conflicto armado, en las acciones que estas adelantan.

4.

Hacer seguimiento a las distintas fuentes de financiación, diferentes al presupuesto de inversión nacional, que contribuyan a la política de construcción de paz, en coordinación con las direcciones técnicas del Departamento Nacional de Planeación u otras entidades del orden nacional.

5.

Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes.

6.

Analizar el comportamiento del gasto público de· inversión en los sectores y asuntos de competencia de la entidad que desarrolla la dependencia, así como diseñar, desarrollar y mejorar los instrumentos que permitan su correcta focalización y eficiencia.

7.

Apoyar el proceso de programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional, en relación a las funciones de la entidad que desarrolla la dependencia.

8.

Realizar el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión o el que corresponda y que tengan relación con los asuntos de competencia de la entidad que desarrolla la dependencia.

9.

Participar en el diseño e implementación de los sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión y resultados de la administración pública en los asuntos de su competencia, en coordinación con las entidades competentes y la .Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación del Departamento Nacional de Planeación.

10.

Incorporar los procesos de evaluación y seguimiento en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos, cuando sea pertinente, en coordinación con las entidades competentes y con las demás subdirecciones generales del Departamento Nacional de Planeación.

11.

Coordinar, orientar y elaborar estudios y análisis de coyuntura nacional, internacional y territorial, así como investigaciones y conceptos técnicos, en los asuntos de competencia del Departamento Nacional de Planeación, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo.

12.

Orientar y promoverla generación de datos y actualización y mejoramiento de la información e indicadores, que contribuyan a la identificación de las necesidades de inversión pública y a mejorar la eficiencia del gasto social en los sectores y asuntos de su competencia, en coordinación con otras dependencias del Departamento Nacional de Planeación.

13.

Elaborar y promover las iniciativas de inversión que se consideren convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales de la entidad, en los sectores y asuntos de su competencia.

14.

Implementar acciones de articulación inter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación.

15.

Participar en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de competencia de la Subdirección.

16.

Analizar estudios, mejores prácticas e investigaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia.

17.

Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

18.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

19.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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