Artículo transitorio 16. Salvo los casos que señale la Constitución, la primera elección popular de gobernadores se celebrará el 27 de octubre de 1991.
Los gobernadores elegidos en esa fecha tomarán posesión el 2 de enero de 1992.
Constitución Política de Colombia · Constitución Política de 1991
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Artículo transitorio 16. Salvo los casos que señale la Constitución, la primera elección popular de gobernadores se celebrará el 27 de octubre de 1991.
Los gobernadores elegidos en esa fecha tomarán posesión el 2 de enero de 1992.
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.