Procedimiento de Enajenación en la Segunda Etapa . En desarrollo de la Segunda Etapa se invitará públicamente a los interesados que reúnan las condiciones que se establezcan en el reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Etapa a participar en el proceso de enajenación de la totalidad de las acciones que no sean adjudicadas en la Primera Etapa, mediante la presentación de ofertas de compra. La Segunda Etapa se hará utilizando mecanismos que contemplen condiciones de amplia publicidad y libre concurrencia. De acudirse al martillo de la Bolsa de Valores de Colombia, este se realizará de conformidad con los reglamentos de funcionamiento de los martillos de las bolsas de valores y las reglas para su operación fijadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. En todo caso, en el reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Etapa se determinará el procedimiento, las condiciones y las modalidades de enajenación de las acciones.
Decreto 690 de 2007 →In force
Article 13
Procedimiento De Enajenación En La Segunda Etapa
Decreto 690 de 2007 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación- Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en la sociedad C.I. Promotora Bananera S.A. C.I. Proban S.A.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.